Cédula de habitabilidad: requisitos y cómo conseguirla
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La cédula de habitabilidad es el documento administrativo que certifica que una vivienda cumple las condiciones mínimas de superficie, ventilación y habitabilidad para ser usada como vivienda. Es obligatoria en varias comunidades autónomas para alquilar, vender o dar de alta suministros.
¿Es obligatoria en toda España?
No. Su exigencia varía por CCAA. Es obligatoria en: Cataluña, Comunidad Valenciana, Baleares, La Rioja, Asturias, Cantabria, Navarra, Murcia y Extremadura. En otras (Madrid, Andalucía, País Vasco) no existe como tal y se sustituye por la licencia de primera ocupación o equivalente.
Tipos de cédula
- Primera ocupación: obra nueva o gran rehabilitación.
- Segunda ocupación: renovación periódica de vivienda existente.
- Rehabilitación: tras obras importantes.
Requisitos generales
- Superficie mínima útil: 36 m² en la mayoría de CCAA (varía).
- Salón-comedor de al menos 10-12 m², dormitorio principal ≥10 m², dormitorios secundarios ≥6 m².
- Cocina (puede integrarse con salón) y baño completo.
- Altura libre mínima 2,50 m en estancias principales.
- Ventilación e iluminación natural en todas las estancias habitables.
- Instalaciones (agua, luz, evacuación) en correcto estado.
Documentación necesaria
- Certificado de habitabilidad firmado por arquitecto o aparejador colegiado.
- Plano de la vivienda con cotas.
- Cédula anterior si es renovación.
- DNI/NIE del propietario y nota simple de propiedad.
- Tasa autonómica pagada (varía 25-50 € aprox.).
Plazo y precio
| Concepto | Valor orientativo |
|---|---|
| Honorarios técnico | 120-300 € |
| Tasa administrativa | 25-50 € |
| Plazo de resolución | 1-3 meses |
| Validez | 15 años (obra nueva) / 10-15 años (segunda ocupación, según CCAA) |
Qué hacer si la deniegan
Si te deniegan, el técnico debe indicar las deficiencias. Hay dos vías: subsanar y volver a solicitar (lo habitual cuando son cuestiones técnicas), o recurso administrativo si consideras que la denegación es indebida. Si es por superficie insuficiente o uso no residencial inicial, la subsanación puede ser inviable.
Preguntas frecuentes
¿Puedo vender una vivienda sin cédula?
En las CCAA donde es obligatoria, el comprador puede exigirla. Si no la tienes, hay que comunicar la situación y, en muchas, gestionarla antes del cierre. Es habitual condicionar la firma a obtenerla.
¿Y para dar de alta luz, agua o gas?
Las comercializadoras suelen exigir cédula vigente en las CCAA donde aplica. En su defecto piden licencia de primera ocupación o certificado equivalente.
¿Caduca la cédula?
Sí. La duración estándar es de 15 años en obra nueva. Tras ese plazo hay que renovarla (segunda ocupación).
¿Cuánto se tarda en obtenerla?
El técnico genera el certificado en 1-2 semanas. La administración resuelve en 1 a 3 meses según CCAA; algunas tienen vía rápida en 2-3 semanas.