Certificado energético: precio, obligatoriedad y validez
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El certificado de eficiencia energética (CEE) es obligatorio en España para vender o alquilar una vivienda. Califica el inmueble con una letra entre A (más eficiente) y G (menos), basándose en consumo y emisiones de CO₂.
¿Cuándo es obligatorio?
- Para vender una vivienda (debe entregarse al comprador antes de firmar).
- Para alquilar por más de 4 meses al año.
- En anuncios inmobiliarios (debe mostrarse la etiqueta).
- Para edificios públicos de más de 250 m² visitados con frecuencia.
- Para acceder a ayudas a rehabilitación energética (estado previo y posterior).
¿Quién puede emitirlo?
Solo técnicos competentes: arquitectos, arquitectos técnicos, ingenieros industriales o de la edificación. Tras la visita, el técnico genera el certificado con software oficial (CE3X, CERMA, HULC) y lo registra en el organismo de la CCAA correspondiente.
Precio por CCAA
El mercado libre marca el precio del trabajo técnico. La tasa de registro varía por administración:
| Concepto | Coste orientativo |
|---|---|
| Honorarios técnico (vivienda 80-100 m²) | 60-150 € |
| Tasa de registro autonómica | 10-50 € (gratis en algunas CCAA) |
| Total habitual | 80-200 € |
¿Cuánto vale la calificación A vs G?
Una vivienda con A o B se vende y alquila más rápido y a mejor precio. Estudios del IDAE y del Banco de España muestran que pasar de E a A o B puede traducirse en una plusvalía del 5-15 % según mercado.
Validez
El certificado tiene una validez de 10 años, salvo calificación G, que se puede actualizar antes voluntariamente. Tras rehabilitación energética, conviene renovarlo para reflejar la mejora.
Multas por no tenerlo
El régimen sancionador establece:
- Infracción leve: 300 – 600 € (no entregar copia, etiqueta no visible…).
- Infracción grave: 601 – 1.000 € (registrar con datos falsos, etc.).
- Infracción muy grave: 1.001 – 6.000 € (vender o alquilar sin certificado, falsedad documental…).
Cómo se hace una calificación
- Visita técnica para tomar datos: superficie, orientación, envolvente, instalaciones (calefacción, refrigeración, ACS).
- Modelado del edificio en software oficial (CE3X o equivalente).
- Generación del certificado con etiqueta A-G.
- Registro en el organismo competente de la CCAA.
- Entrega al propietario con etiqueta para anuncios y operaciones.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio si alquilo solo por unos meses?
Si el alquiler total acumulado al año supera los 4 meses a un mismo o distintos inquilinos, es obligatorio. Alquileres de temporada cortos quedan exentos.
¿Puedo hacerme el certificado yo mismo?
No. Solo técnicos competentes colegiados. Comprar un certificado online sin visita es ilegal y nulo si se reclama.
¿Sirve un certificado antiguo si no he tocado la casa?
Sí, mientras esté dentro de los 10 años de validez y no hayas hecho obras que cambien la envolvente o instalaciones. Caducado, hay que renovarlo.
¿Cómo mejoro la calificación?
Aislamiento de fachada y cubierta, ventanas con doble vidrio y rotura de puente térmico, caldera de condensación o aerotermia, placas solares y ventilación con recuperador de calor. Cada mejora suma varios puntos.